Declaraciones informativas
Dirección de Servicio al Contribuyente
Actualizado a 2020
¿Qué son las declaraciones informativas y quiénes deben presentarlas?
Son declaraciones que contienen información previsiblemente pertinente, producto de las relaciones económicas, financieras o profesionales que los obligados tributarios tengan con otras personas, y que están obligados a presentar a la Dirección General de Tributación, independientemente del monto de la transacción realizada y sin que la Administración Tributaria tenga que requerirla previamente. Esta obligación también debe ser cumplida por los contribuyentes acogidos al Régimen de Tributación Simplificada.
Tipos de declaraciones informativas
Medio para confeccionar y presentar las declaraciones informativas
La confección de estas declaraciones se realiza mediante el programa Declar@7 versión 2.0.1.0 vigente del 01/01/2021 al 31/12/2021, el cual además permite almacenarlas y generarlas de manera electrónica.
Para la utilización de este programa, el contribuyente puede descargar la última versión de la herramienta Declar@7, ingresando aquí.
Una vez que haya confeccionado a través del Declar@7 la declaración informativa respectiva, esta se presenta a por medio del sistema denominado Declar@Web. Para ingresar a este portal dé clic Aquí.
Quien lo requiera, podrá utilizar los quioscos tributarios que se encuentran ubicados en las administraciones tributarias territoriales de todo el país, o puede hacer uso de los Centros Comunitarios Inteligentes (CECI) y/o asistencia a través de los Núcleos de Asistencia Fiscal (NAF).
Consideraciones para su presentación
- Para la presentación de las declaraciones el sujeto pasivo debe estar registrado ante la Administración Tributaria.
- Únicamente se aceptarán reportados que estén consignados en el SIC (Sistema de Identificación al Contribuyente), exceptuando las retenciones a no domiciliados.
- No utilice céntimos en los montos, ni abreviaturas en los nombres de los reportados.
- Para extranjeros, debe consignarse el número de identificación asignado por la Administración Tributaria, siempre que no cuente con el documento de identidad migratorio de extranjero (DIMEX), asignado por la Dirección General de Migración y Extranjería.
- Para corregir la declaración, el sujeto pasivo debe hacerlo mediante la presentación de una nueva declaración, la cual sustituye de forma completa la anterior y se considera rectificación de la inicial.
- Si lo que se va a corregir corresponde al período, número de cédula, nombre o razón social deberá realizar la corrección por escrito y presentarla ante la Administración Tributaria respectiva.
Charla Virtual
Ayudas Audiovisuales
- Guía de uso de la herramienta electrónica para actualizar, registrar y confeccionar las Declaraciones Informativas por medio del Declara@7 y su presentación a través del Declara@ web.
- Video "Instalación Declar@7, registro de informantes.
- Video "Guía de elaboración y generación de las declaraciones informativas por medio de la herramienta DECLARA@7 ".
Fundamento Legal
- DGT-R-042-2015 Resolución sobre el suministro general de la información previsiblemente pertinente, derivada de las relaciones económicas, financieras y profesionales entre obligados tributarios.
- DGT-R-029-2016 Modificación de la resolución sobre el suministro general de información previsiblemente pertinente derivada de las relaciones económicas, financieras y profesionales entre obligados tributarios. Dé clic aquí para ver resumen de cambios en las declaraciones D-150, D-152, D-153 y D-155.
- DGT-R-59-2016 Ampliación del plazo para la presentación de informativas sobre el suministro general de la información previsiblemente pertinente, derivada de las relaciones económicas, financieras y profesionales entre obligados tributarios.
- DGT-R-28-2017 Modificación de la Resolución DGT-R-44-2017 “Declaración Informativa de Precios de Transferencia”.
- DGT-R-55-2017 Resolución sobre retención del dos por ciento (2%) a las personas físicas o jurídicas que vendan sus servicios a las aseguradoras, ya sea por contratación directa de la aseguradora o bien a través de los Asegurados que requieran los servicios de técnicos o profesionales.
- DGT-R-071-2019 Resolución Modificación de la resolución DGT-R-042-2015 sobre el suministro general de la información previsiblemente pertinente, derivada de las relaciones económicas, financieras y profesionales entre obligados tributarios.